Europa activa el AI Act mientras España ultima su ley de gobernanza
El 2 de agosto entró en vigor el marco europeo de inteligencia artificial con sanciones de hasta 35 millones de euros. Las empresas deben identificar el uso de chatbots, asistentes de voz o contenido generado por IA y formar a su personal
Pildoras
1 de octubre de 2026
El 2 de agosto de 2026 marcó un hito: el Reglamento europeo de Inteligencia Artificial (AI Act) entró en aplicación general en toda la Unión Europea. Es el momento en el que se activan las principales obligaciones de transparencia y el régimen sancionador, con multas que pueden alcanzar 35 millones de euros o el 7% de la facturación mundial de una empresa. La fecha llega con una paradoja nacional: España aún no ha aprobado su propia Ley de Gobernanza de la IA, que sigue en trámite parlamentario. Aunque el reglamento europeo ya es de aplicación directa, algunas empresas esperan a la norma española para adaptarse, una estrategia arriesgada: las obligaciones europeas no dependen de esa aprobación.
El Reglamento europeo: a qué obliga y desde cuándo
El AI Act (Reglamento UE 2024/1689) es una norma de aplicación directa en los 27 Estados miembros. Clasifica los usos de la IA según su nivel de riesgo y asigna obligaciones proporcionales. Su calendario de aplicación es el siguiente:
Desde el 2 de febrero de 2025: prohibición de prácticas de riesgo inaceptable (puntuación social, manipulación cognitiva, reconocimiento de emociones o identificación biométrica) y obligación de alfabetización en IA.
Desde el 2 de agosto de 2025: obligaciones para los modelos de propósito general (GPAI), como documentación técnica y transparencia sobre los datos de entrenamiento.
Desde el 2 de agosto de 2026: aplicación general del reglamento, incluida la transparencia del artículo 50 y el régimen sancionador completo.
Entre diciembre de 2027 y agosto de 2028: entrada en vigor de las obligaciones más estrictas para los sistemas de alto riesgo, tras el acuerdo Digital Omnibus.
España, en dos velocidades
España cuenta con dos pilares propios: – La Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial (AESIA), con sede en La Coruña y creada en 2023, que ya ejerce funciones de supervisión y formación. – El Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la IA, aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de mayo de 2026 y actualmente en fase de enmiendas en el Congreso. Esta ley no introduce nuevas obligaciones, sino que organiza la aplicación nacional del reglamento europeo: designa autoridades, regula los sandboxes y distribuye competencias sancionadoras. Conviene aclarar que la AESIA no emite certificados AI Act (no existe tal acreditación oficial) y tampoco autoriza previamente los sistemas de IA antes de su despliegue. El modelo europeo se basa en el cumplimiento y la supervisión posterior.
Qué cambia para las empresas
Desde el 2 de agosto de 2026, cualquier empresa que use chatbots asistentes de voz o contenido generado por IA debe identificarlo claramente ante el usuario. La obligación se aplica incluso si la empresa solo utiliza herramientas de terceros. El reglamento distingue tres roles:
Usuario o responsable del despliegue (quien usa IA en su actividad).
Integrador (quien incorpora IA en productos o procesos propios).
Proveedor (quien desarrolla o comercializa sistemas de IA).
Para pymes y startups, siempre se aplica la cifra menor.
¿Por qué es importante para la sociedad?
Empresas: toda organización que use IA generativa, aunque sea de terceros, debe formar a su personal sobre riesgos y límites. Esperar a la ley española puede dejarla expuesta a sanciones europeas ya vigentes.
Ciudadanía: desde agosto, los ciudadanos tienen derecho a saber cuándo interactúan con una máquina y cuándo un contenido ha sido generado o alterado por IA, incluidos los deepfakes.
Empleo: los sistemas de IA aplicados a selección de personal o evaluación de desempeño se consideran de alto riesgo, lo que implicará requisitos reforzados de supervisión humana y calidad del dato.
Regulación: la coexistencia de una norma europea vigente y una ley española en trámite ilustra cómo funciona un reglamento de la UE. Obliga directamente, sin esperar a su transposición nacional.
Prudencia ante los plazos
El calendario del AI Act ya ha sufrido ajustes con el acuerdo Digital Omnibus, que retrasó las obligaciones de alto riesgo a 2027‑2028. Es probable que la ley española también se modifique durante su tramitación. Sin embargo, las obligaciones ya activas -alfabetización, transparencia y prohibiciones- no están en discusión y deben considerarse firmes.
Conceptos clave
AI Act: Reglamento europeo que regula el uso de la IA según su nivel de riesgo.
AESIA: Agencia Española de Supervisión de la IA, autoridad nacional de referencia.
Sistema de alto riesgo: uso de IA con impacto potencial sobre derechos o seguridad.
Modelo de propósito general (GPAI): grandes modelos de lenguaje base para otros sistemas.
Sandbox regulatorio: entorno de pruebas supervisado para validar sistemas de IA.
Transparencia algorítmica: obligación de informar cuando se interactúa con IA o contenido generado por ella.
OpenAI afirma haber resuelto el problema de Navier-Stokes con miles de agentes de inteligencia artificial, abriendo un debate sobre verificación, autoría y reconocimiento científico
Anthropic explora tres posibles futuros económicos y sus efectos sobre salarios, empleo y productividad. Su modelo sugiere que los trabajadores del conocimiento podrían ser los…
Anthropic, OpenAI, Google DeepMind y xAI coinciden en advertir que la inteligencia artificial avanza más rápido que las medidas de seguridad. Analizamos el debate, sus…
El Observatorio IAON revela que la inteligencia artificial se populariza, pero la alfabetización digital avanza más despacio que la adopción. La sociedad pasa de la…
El Observatorio IAON advierte de que los sectores menos digitalizados son los que más transformación vivirán en los próximos años. La automatización silenciosa avanza en…
Píldora Informativa
Newsletter
Si quieres estar al día sobre todo lo relacionado con la IA y enterarte de todos nuestros eventos y acciones, no dudes en suscribirte a nuestra newsletter.
Los campos marcados con (*) son obligatorios
Formulario de suscripción al boletín
Si nos das tu autorización, tus datos personales los trataremos en «Fundación Ibercaja Sostenible», como entidad legalmente responsable, para enviarte nuestra Newsletter e información sobre nuestras actividades. Para conocer cómo ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación y portabilidad, y el resto de información legal en materia de protección de datos, puedes pedirlo a través del correo gestiongdpr@fundacionibercajasostenible.es o accediendo a nuestra Política de Privacidad. Autorizo recibir la Newsletter e información sobre actividades organizadas o patrocinadas por la Fundación Ibercaja Sostenible.